dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 65 (del art. 8)
Texto
Art. 65. Las disposiciones del artículo 23 se aplicarán también respecto de las sumas que en definitiva queden afectas al pago del impuesto sobre las donaciones.
Art. 65. Las disposiciones del artículo 23 se aplicarán también respecto de las sumas que en definitiva queden afectas al pago del impuesto sobre las donaciones.