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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2449 (del art. 2)

Texto

     Art. 2449. La transacción puede recaer sobre la
acción civil que nace de un delito; pero sin perjuicio de
la acción criminal.