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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2434 (del art. 2)

Texto

     Art. 2434. La hipoteca se extingue junto con la
obligación principal.
     Se extingue asimismo por la resolución del derecho del
que la constituyó, o por el evento de la condición
resolutoria, según las reglas legales.
     Se extingue además por la llegada del día hasta el
cual fue constituida.
     Y por la cancelación que el acreedor otorgare por
escritura pública, de que se tome razón al margen de la
inscripción respectiva.