Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2321 (del art. 2)

Texto

     Art. 2321. Los padres serán siempre responsables de
los delitos o cuasidelitos cometidos por sus hijos menores,
y que conocidamente provengan de mala educación, o de los
hábitos viciosos que les han dejado adquirir.