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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2153 (del art. 2)

Texto

     Art. 2153. Las especies metálicas que el mandatario
tiene en su poder por cuenta del mandante, perecen para el
mandatario aun por fuerza mayor o caso fortuito, salvo que
estén contenidas en cajas o sacos cerrados y sellados sobre
los cuales recaiga el accidente o la fuerza, o que por otros
medios inequívocos pueda probarse incontestablemente la
identidad.