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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 9 (del art. 3)

Texto

     Art. 9.º Las inscripciones se harán por orden
numérico, una en pos de otra, se omitirán las abreviaturas
y las cantidades o fechas se expresarán en letras.