dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 210 (del art. 2)
Texto
Art. 210. El concubinato de la madre con el supuesto padre, durante la época en que ha podido producirse legalmente la concepción, servirá de base para una presunción judicial de paternidad. Si el supuesto padre L. 19.585 probare que la madre cohabitó con otro durante el período Art. 1º, Nº 24 legal de la concepción, esta sola circunstancia no bastará para desechar la demanda, pero no podrá dictarse sentencia en el juicio sin emplazamiento de aquél.