dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 607 (del art. 2)
Texto
Art. 607. La caza y pesca son especies de ocupación por las cuales se adquiere el dominio de los animales bravíos.
Art. 607. La caza y pesca son especies de ocupación por las cuales se adquiere el dominio de los animales bravíos.