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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 530 (del art. 2)

Texto

     Art. 530. Las excusas aceptadas privan al tutor o
curador testamentario de la asignación que se le haya hecho
en remuneración de su trabajo.
     Pero las excusas sobrevinientes le privarán solamente
de una parte proporcional.