dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 530 (del art. 2)
Texto
Art. 530. Las excusas aceptadas privan al tutor o curador testamentario de la asignación que se le haya hecho en remuneración de su trabajo. Pero las excusas sobrevinientes le privarán solamente de una parte proporcional.