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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1070 (del art. 2)

Texto

     Art. 1070. Las asignaciones testamentarias pueden ser
condicionales.
     Asignación condicional es, en el testamento, aquella
que depende de una condición, esto es, de un suceso futuro
e incierto, de manera que según la intención del testador
no valga la asignación si el suceso positivo no acaece o si
acaece el negativo.
     Las asignaciones testamentarias condicionales se
sujetan a las reglas dadas en el título De las obligaciones
condicionales, con las excepciones y modificaciones que van
a expresarse.