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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2019 (del art. 2)

Texto

     Art. 2019. Si por cualquiera causa dejaren de
presentarse en el debido tiempo el pasajero o carga, el que
ha tratado con el acarreador para el transporte, será
obligado a pagar la mitad del precio o flete.
     Igual pena sufrirá el acarreador que no se presentare
en el paraje y tiempo convenidos.