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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1090 (del art. 2)

Texto

     Art. 1090. En las asignaciones modales se llama
cláusula resolutoria la que impone la obligación de
restituir la cosa y los frutos, si no se cumple el modo.
     No se entenderá que envuelven cláusula resolutoria
cuando el testador no la expresa.