dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1090 (del art. 2)
Texto
Art. 1090. En las asignaciones modales se llama cláusula resolutoria la que impone la obligación de restituir la cosa y los frutos, si no se cumple el modo. No se entenderá que envuelven cláusula resolutoria cuando el testador no la expresa.