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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1453 (del art. 2)

Texto

     Art. 1453. El error de hecho vicia el consentimiento
cuando recae sobre la especie de acto o contrato que se
ejecuta o celebra, como si una de las partes entendiese
empréstito y la otra donación; o sobre la identidad de la
cosa específica de que se trata, como si en el contrato de
venta el vendedor entendiese vender cierta cosa determinada,
y el comprador entendiese comprar otra.