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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1493 (del art. 2)

Texto

     Art. 1493. Las disposiciones del Título IV del Libro
III sobre las asignaciones testamentarias condicionales o
modales, se aplican a las convenciones en lo que no pugne
con lo dispuesto en los artículos precedentes.