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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1080 (del art. 2)

Texto

     Art. 1080. Las asignaciones testamentarias pueden estar
limitadas a plazos o días de que dependa el goce actual o
la extinción de un derecho; y se sujetarán entonces a las
reglas dadas en el título De las obligaciones a plazo, con
las explicaciones que siguen.