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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2139 (del art. 2)

Texto

     Art. 2139. En la inhabilidad del mandatario para donar
no se comprenden naturalmente las ligeras gratificaciones
que se acostumbra hacer a las personas de servicio.