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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 51 (del art. 2)

Texto

     Art. 51. Las medidas de extensión, peso, duración y
cualesquiera otras de que se haga mención en las leyes, o
en los decretos del Presidente de la República, o de los
tribunales o juzgados, se entenderán siempre según las
definiciones legales; y a falta de éstas, en el sentido
general y popular, a menos de expresarse otra cosa.