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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 966 (del art. 2)

Texto

     Art. 966. Será nula la disposición a favor de un
incapaz, aunque se disfrace bajo la forma de un contrato
oneroso o por interposición de persona.