dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1167 (del art. 2)
Texto
Art. 1167. Asignaciones forzosas son las que el testador es obligado a hacer, y que se suplen cuando no las ha hecho, aun con perjuicio de sus disposiciones testamentarias expresas. Asignaciones forzosas son: 1. Los alimentos que se deben por ley a ciertas personas; 2. Las legítimas; 3. La cuarta de L. 19.585 mejoras en la sucesión de los descendientes, de los Art. 1º, Nº 87, ascendientes y del cónyuge. letra a) L. 19.585 Art. 1º, Nº 87, letra b)