dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1436 (del art. 2)
Texto
Art. 1436. En lo demás, las donaciones remuneratorias quedan sujetas a las reglas de este título.
Art. 1436. En lo demás, las donaciones remuneratorias quedan sujetas a las reglas de este título.