Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2516 (del art. 2)

Texto

     Art. 2516. La acción hipotecaria, y las demás que
proceden de una obligación accesoria, prescriben junto con
la obligación a que acceden.