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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 1 de 2000 Minjus, artículo 1224 (del art. 2)

Texto

     Art. 1224. El costo de la guarda y aposición de sellos
y de los inventarios gravará los bienes todos de la
sucesión, a menos que determinadamente recaigan sobre una
parte de ellos, en cuyo caso gravarán esa sola parte.