Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 509 (del art. 2)

Texto

     Art. 509. Las causas antedichas de incapacidad, que
sobrevengan durante el ejercicio de la tutela o curaduría,
pondrán fin a ella.