dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 708 (del art. 2)
Texto
Art. 708. Posesión irregular es la que carece de uno o más de los requisitos señalados en el artículo 702.
Art. 708. Posesión irregular es la que carece de uno o más de los requisitos señalados en el artículo 702.