dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1560 (del art. 2)
Texto
Art. 1560. Conocida claramente la intención de los contratantes, debe estarse a ella más que a lo literal de las palabras.
Art. 1560. Conocida claramente la intención de los contratantes, debe estarse a ella más que a lo literal de las palabras.