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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 21 (del art. 2)

Texto

     Art. 21. Las palabras técnicas de toda ciencia o arte
se tomarán en el sentido que les den los que profesan la
misma ciencia o arte; a menos que aparezca claramente que se
han tomado en sentido diverso.