dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 2121 (del art. 2)
Texto
Art. 2121. La simple recomendación de negocios ajenos no es, en general, mandato; el juez decidirá, según las circunstancias, si los términos de la recomendación envuelven mandato. En caso de duda se entenderá recomendación.