dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1531 (del art. 2)
Texto
Art. 1531. El cumplimiento de la obligación indivisible por cualquiera de los obligados, la extingue respecto de todos.
Art. 1531. El cumplimiento de la obligación indivisible por cualquiera de los obligados, la extingue respecto de todos.