dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 812 (del art. 2)
Texto
Art. 812. Los derechos de uso y habitación se constituyen y pierden de la misma manera que el usufructo.
Art. 812. Los derechos de uso y habitación se constituyen y pierden de la misma manera que el usufructo.