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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 1783 (del art. 2)

Texto

     Art. 1783. Renunciando la mujer o sus herederos, los
derechos de la sociedad y del marido se confunden e
identifican, aun respecto de ella.