dfl 1 de 2000 del ministerio de justicia, artículo 19 (del art. 8)
Texto
Art. 19. Quedan derogadas todas las disposiciones legales que establezcan exenciones no contempladas en el artículo anterior.
Art. 19. Quedan derogadas todas las disposiciones legales que establezcan exenciones no contempladas en el artículo anterior.