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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 13.305, artículo 240

Texto

    Artículo 240.o Intercálanse en la letra d) del
artículo 5.o, de la ley N.o 7,144, cuyo texto fue fijado
por el artículo 2.o de la ley N.o 8,903, entre las palabras
"construcción" y "de aeródromos", estas otras:
"y reparación".