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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 13.305, artículo 60

Texto

    Artículo 60.o Tendrán derecho a percibir asignación
familiar los empleados y obreros, públicos o particulares,
que justifiquen tener a sus expensas nietos o bisnietos
huérfanos menores de 20 años y que no disfruten de renta.