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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 13.305, artículo 152

Texto

    Artículo 152.o En los procesos criminales generales por
infracción a disposiciones legales tributarias, cualquiera
que sea su naturaleza, la circunstancia de que el infractor
de escasos recursos pecuniarios, por su insuficiente
ilustración o por alguna otra causa justificada haga
presumir que ha tenido un conocimiento imperfecto del
alcance de las normas infringidas, podrá, a juicio del
Tribunal, ser constitutiva de la causal de exención de
responsabilidad penal contemplada en el N.o 12 del artículo
10 del Código Penal o, en su defecto, de la causal
atenuante a que se refiere el N.o 1 del artículo 11 de ese
cuerpo de leyes. El Tribunal apreciará en conciencia los
hechos constitutivos de la causal eximente o atenuante.