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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 13.305, artículo 44

Texto

    Artículo 44.o Los reajustes de las pensiones de
jubilación y montepío que las leyes N.os 10,583, de 3 de
Octubre de 1952, 12,006, de 23 de Enero de 1956, 12,432, de
1.o de Febrero de 1957, y 13,195, de 31 de Octubre de 1958,
establecieron para los empleados jubilados de las Cajas de
Previsión Social de los Empleados y Obreros Municipales de
Santiago, se aplicarán también a los empleados jubilados
de la Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales
de Valparaíso, con cargo a su respectiva Caja.