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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 13.305, artículo 120

Texto

    Artículo 120.o Reemplázase en el artículo 103 de la
ley N.o 11,704, sobre Rentas Municipales, la cifra "6%" por
"7%".
    El aumento a que se refiere este artículo no regirá
para los espectáculos deportivos de aficionados.