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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 13.305, artículo 89

Texto

    Artículo 89.o La Ley de Presupuesto de cada año
consultará los fondos necesarios para el servicio de las
obligaciones que se contraigan de acuerdo con los artículos
79.o y 81.o".