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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 13.305, artículo 26

Texto

    Artículo 26.o Las remuneraciones de los empleados del
Servicio Nacional de Salud que tienen el carácter de
Municipales se reajustarán de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 23.o y 24.o, letra b).
    Las remuneraciones de los obreros del Servicio Nacional
de Salud que tienen el carácter de Municipales se
reajustarán de acuerdo con lo dispuesto en el Párrafo 2.o
del Título I.