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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.720, artículo 381

Texto

     Artículo 381.- Introdúcense las siguientes
modificaciones a la ley Nº 19.496, que establece normas
sobre protección de los derechos de los consumidores:
     1) Sustitúyese la letra a) del artículo 10 por la
siguiente:
     "a) El que hubiere sido condenado por delitos
concursales contenidos en el Código Penal;".
     2) Reemplázase, en el inciso cuarto del artículo 21,
la expresión "por quiebra", por la frase "por haber sido
sometido a un procedimiento concursal de liquidación".