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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 12.084, artículo 6 transitorio

Texto

    ARTICULO 6.o Autorízase al Presidente de la República
para distribuir entre las reparticiones, instituciones
fiscales, semifiscales y de administración autónoma y
empresas del Estado que se indican en el "Anexo sobre
entradas y gastos en dólares" del Presupuesto de la
Nación, ley N.o 12,000, hasta la cantidad de 60.343.412
dólares, para atender las adquisiciones y compromisos en el
exterior en el equivalente a $ 19.003.023.600 moneda
corriente, suma en que se calculó dicho gasto en la
mencionada ley.
    Las adquisiciones en dólares de las reparticiones y
servicios a que se refiere el inciso precedente efectuadas
con anterioridad a la fecha de la presente ley, se deberán
calcular en la forma señalada en el inciso primero. El
mayor gasto que le hubieren representado dichas
adquisiciones les será devuelto por la Tesorería o el
Banco Central, en su caso.