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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 12.084, artículo 25

Texto

    ARTICULO 25. Créanse en la planta de la Tesorería
General de la República veintisiete cargos de operadores
especializados de máquinas Hollerith para la Tesorería
Provincial de Santiago:
   1  grado 2.o Operador Jefe.
   1  grado 3.o Operador.
   2  grado 4.o Operador.
   3  grado 5.o Operador.
   3  grado 6.o Operador.
   6  grado 7.o Operador.
   7  grado 8.o Operador.
   4  grado 9.o Operador.
    El gasto que demanden durante el presente año estas
plazas, se cargará a los $ 400.000.000 autorizados por el
artículo anterior. En la próxima Ley de Presupuesto se
incorporarán dichas plazas a la planta de la Tesorería
General.
    Los cargos serán llenados con el personal que
actualmente atiende al equipo Hollerith de la Tesorería
Provincial de Santiago y con nuevos empleados o postulantes
siempre que cumplan con el requisito de haber seguido un
curso de máquinas Hollerith y de haber sido aprobados en un
concurso de antecedentes por la Tesorería General.
    Este personal formará un escalafón especial en la
planta de la Tesorería General que se denominará
"Operadores de Máquinas Hollerith" por el que se regirán
sus ascensos.