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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 12.084, artículo 9 (del art 1)

Texto

    Artículo 9.o Para la determinación de los impuestos
establecidos en esta ley, se declara que no procede
descontar del monto imponible suma alguna por conceptos
tales como impuestos, materias primas, envases, fletes o
bienes incorporados a las especies de que se trate. Sin
embargo no pagarán el impuesto los depósitos de los
compradores para garantizar la devolución de envases, los
que se indicarán separadamente en las respectivas boletas o
facturas.