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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 12.084, artículo 91

Texto

    ARTICULO 91. Dentro del plazo de un año a contar de la
promulgación de esta ley el Presidente de la República
dispondrá la enajenación en subasta pública de las
acciones de propiedad fiscal en la Empresa Periodística "La
Nación S. A.".
    No podrán adquirir dichas acciones en tal subasta ni el
propio Fisco ni los organismos en que él tenga
participación o ingerencia en virtud de aportes o a
cualquier otro título.
    En el futuro habrá objeto ilícito en la adquisición
de las acciones a que se refiere el inciso primero por las
entidades a que se alude en el inciso segundo de este
artículo.
    El producido de esta subasta pasará a Rentas Generales
de la Nación.