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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 12.084, artículo 76

Texto

    ARTICULO 76. Facúltase a la Editorial Jurídica de
Chile para establecer empresas o constituir o integrar
sociedades destinadas a distribución o publicación de toda
clase de obras científicas y didácticas. Se la autoriza,
además, para usar indistintamente su propia denominación o
la de Editorial Andrés Bello.