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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.069, artículo 166

Texto

    Artículo 166.- Lo dispuesto en el artículo anterior es
sin perjuicio de la responsabilidad penal en los casos en
que las conductas sancionadas como prácticas desleales
configuren faltas, simples delitos o crímenes.