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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

código del trabajo, artículo 14 transitorio

Texto

     Art. 14. Las modificaciones introducidas por la ley            L. 19.250
N.° 19.250 al artículo 60 del Código del Trabajo aprobado           Art. 3º
por el artículo primero de la ley N.° 18.620, al artículo           TRANSITORIO
2472 del Código Civil y al artículo 148 de la ley N.°
18.175, no afectarán los juicios que se encontraren
pendientes a la fecha de su vigencia, ni a las quiebras
decretadas judicialmente y publicadas en el Diario Oficial a
esta misma fecha.