Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

código del trabajo, artículo 152 quáter

Texto

 
     Artículo 152 quáter.- Se regirán por las normas del
presente Capítulo los contratos de trabajo cuyo objeto sea
la prestación de servicios para contactar o ser contactados
con terceros, sea por la vía telefónica, medios
telemáticos, aplicación de tecnología digital o cualquier
otro medio electrónico, para la atención, información o
asesoramiento de soporte técnico, comerciales o
administrativos, venta o promoción de productos o
servicios, en un lugar habilitado por el empleador,
denominado centro de contacto o llamadas.

Boletín SUSESO (1)

Boletín SUSESO 2024 - Número 1

100 años de la seguridad social. Acercando el cuidado de la salud laboral: Instrumentos de autoevaluación

Enero

Partimos nuestro primer Boletín 2024, el año de la conmemoración de los 100 años de la seguridad social en Chile, relevandola, y dándoles a conocer el norte que nos guía, esto es acercar la seguridad social a nuestros usuarios finales. Hace 100 años, en el año 1924, y teniendo como antecedente la llamada "Cuestión Social", en nuestro país se dictaron normativas que crearon las bases del sistema de seguridad social chileno, el que con el paso de los años ha requerido adaptaciones a nuestra realidad social, como los cambios en la forma de trabajar, la modernización, la esperanza de vida, etc.