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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.250, artículo 105

Texto

    Artículo 105°.- El mayor gasto que signifique la
aplicación de la presente ley se financiará, además de
los recursos que produzcan los artículos del presente
párrafo con la suma de E° 359.000,000 consultada en el
ítem 08/01/06 de la Secretaría y Administración General
del Ministerio de Hacienda. Estos fondos podrán
traspasarse, sin sujeción al artículo 42° del D.F.L. N°
47, de 1959, a los ítem respectivos del Presupuesto
vigente.