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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.250, artículo 65

Texto

    Artículo 65°.- Los funcionarios de las plantas de los
Servicios menores de Impuestos Internos podrán ser
designados en un cargo de último grado de la Planta
Administrativa, sin necesidad de concursar, siempre que
reúnan los requisitos que establece el Estatuto Orgánico
del Servicio.
    Las designaciones hechas de acuerdo al presente
artículo, no podrán significar disminución de
remuneraciones, las que en caso de producirse serán
compensadas por planillas suplementarias.