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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.250, artículo 44

Texto

    Artículo 44°.- Los alumnos aprobados al término de
los estudios en la Escuela Postal Telegráfica, tendrán
derecho a ser nombrados a partir de la fecha en que se
produzca la vacante, en los distintos escalafones de la
Planta Administrativa A, de acuerdo con un escalafón de
aspirantes formado semestralmente por la Dirección General
del Servicio.
    En todo caso, deberá darse cumplimiento a lo previsto
en el artículo 266° del decreto supremo N° 748, de 21 de
Marzo de 1962, en lo que respecta a la designación dentro
de las zonas y al plazo mínimo de permanencia en el lugar
de su destinación.
    El nombramiento deberá hacerse dentro del plazo de tres
meses, contado desde la fecha en que se produzca la
vacancia, siempre que no exista un impedimento legal en
contrario.